En esta segunda parte se insiste en centrar la entrada desde una perspectiva jurídico-política. En el cómo se ha abordado por el legislador constitucional la cuestión religiosa. Voy a hablar del statu quo y a la vez de la operación política larvada desde el principio de la transición y abierta hoy de subvertir esta situación sin pasar por el trámite de reforma constitucional
Se trata por tanto de un apunte inicial desde una perspectiva jurídica. Pues bien; lo que nos dice el puro análisis jurídico de nuestra realidad es que nuestra Constitución conjuró el laicismo en aras de lo que en la doctrina científica constitucional se denomina aconfesionalidad o neutralidad. Si no gusta habrá que preguntar al Soberano (Nación). No vamos a permitir que unos nuevos déspotas ilustrados decidan la cuestión.
El artículo 16 de nuestra ley fundamental es clave; ya que refiere la libertad religiosa no sólo a los individuos, sino a las propias instituciones o estructuras donde se integra el individuo, como no podía ser de otra forma si se quiere ser justo con la realidad y la lógica de las religiones positivas. El derecho de asociación conectado con el de libertad religiosa nos llevan a esta conclusión.
De esto se deriva todo un corolario o constelación de derechos: culto (público y privado), enseñanza, información, reunión, manifestación pública, propagación de la doctrina (magisterio y apostolado), libre comunicación con otras congregaciones dentro y fuera de España.
Pues bien; lo social se ha cristalizado en lo jurídico. Para disgusto de los jacobinos y tranquilidad de la razón. Esta es la realidad del Derecho positivo. Y no podía ser de otra forma desde la perspectiva de la justicia. El hombre es un ser-con (dada su naturaleza social) que está incardinado en una red colectiva que le precede como antecedente espiritual. Lo cristiano, en concreto, no es un carisma individual, sino social; ya que lo institucional es un medio necesario para transmitir la fe.
El hecho religioso es asimilable al hecho político (Gustavo Bueno) puesto que ambos proponen normas. Es interesada su reducción a lo privado y el deseo beligerante de que no salga de allí. Las religiones positivas (las que no se han inventado como los experimentos de éticas recientes) son esencialmente públicas; no son magia. Son un hecho social con una pretensión política. Porque también aspiran a conformar las soluciones a los conflictos y por eso están en igualdad de posicion que las doctrinas políticas seculares; y nadie a no ser con un propósito de enemistad manifiesta o animadversión propone su reducción al liliput de lo privado. Se dan en la historia, para la historia y con el propósito de su renovación.
El laicismo es una doctrina más. Su esencia es el ateísmo. Por eso el Estado dejaría de ser neutral si la promoviese en exclusiva. El Estado debe poner en valor todas las doctrinas que no contravengan el núcleo duro de los derechos y libertadades fundamentales (tanto el ateísmo como las religiones positivas).
Hoy en España, de lege data, la cuestión religiosa está imbricada en el ámbito político. Otra cosa es la maniobra de desear cambiar esta situación en aras del anhelo laicista y reducirla a lo privado. Nuestro actual régimen es el de la laicidad entendida como aconfesionalidad; no es laicista. Aquél está por la cooperación; éste por la segregación del ámbito de lo público.
Existe una teoría discutida pero ilustrativa. La de la "identidad cultural", la del "substrato espiritual y comunitario" (Volksgeist). En cierto modo el moderno institucionalismo jurídico conecta en cuanto a la idea de "adhesión general". Luego la desarrollo; sólo la apunto ahora para encajar el siguiente párrafo. Viene a sugerir que en lo jurídico, que en lo político está imbricado lo social.
Uno de los pontífices del laicismo y su derivado el ateísmo (Puente Ojea) parte del llamado "teorema laicista" de Vinet para de ello extraer interesadamente las consecuencias que desea.
El teorema laicista de Vinet señala:
"Si la sociedad tiene religión es que tiene conciencia, ¿cómo prevalecería la conciencia del individuo contra la de la sociedad?. Sólo con su conciencia se enfrenta el hombre a la sociedad. Es imposible oponer soberanía a soberanía, omnipotencia a omnipotencia, imposible suponer que de todas las conciencias individuales y diversas resultaría una conciencia social...No, si la sociedad tiene conciencia, lo es a condición de que el individuo no la tenga, y ya que la conciencia es la sede de la religión, si la sociedad es religiosa, el individuo no lo es".
Precisamente un marxista enemigo declarado de lo religioso viene, en este ámbito (el de lo religioso) a desechar la existencia de una conciencia social. Curioso e interesado vaivén. Pero es que hoy (Goleman en la Universidad de Harvard) se habla de un término tan expresivo como "cerebro social" y de una neurona la llamada "célula fusiforme" que es una sinergia. Que, aunque en otro contexto, indica que cada vez que nos relacionamos hay un entrelazamiento de nuestros cerebros sociales.
Vuelvo a la teoría discutida pero ilustratitva del Volksgeist. Vendría a negar el meritado e interesado teorema. Antes que la conciencia individual:El espíritu del pueblo. Criticada por ser metaempírica, transcendental, mística, idealista. Pero estamos hablando de "conciencia común o convicción común del pueblo; siendo éste el sujeto real y no tanto los individuos. En la filosofía del Derecho es un tópico hablar del "espíritu de la Nación" (Montesquieu), del "espíritu nacional" (Voltaire); y en la misma filosofía no se puede comprender el hombre sin la "humanidad" (Hegel, Herder). El pandectismo germano llega a la conclusión de que es este espíritu el verdadero creador o causa del Derecho.
Todo esto traslada una idea: existiría así una necesidad inmanente en el que la religión, como las costumbres etc. actuarían a modo de hierofanía de esa conciencia colectiva.
El espíritu del pueblo es algo más que una yuxtaposición de conciencias individuales; tal cosmovisión vive y actúa en cada uno de los individuos (las conciencias individuales) actuando como su soporte cultural y lo que permite su socialización y llegar a ser tales conciencias. . Las conciencias individuales no son al margen de la conciencia social. Sin ésta no dejan de ser más que un agregado contingente..
Esta comunidad espiritual va en paralelo al lenguaje y éste es producto del pueblo, no del individuo (los niños ferinos privados de todo contacto con la humanidad sólo gruñen; no se le ha podido dar y ellos han podido recibir el lenguaje; ¿tiene conciencia?).
En su formulación extrema la teoría auna el mundo de lo muertos, de los presentes y de los hombres del futuro (Burke) a modo de comunión.
Es esta de la conciencia social una concepción holista-organicista. La conciencia social existe y es un todo con vida propia independientemente de las conciencias individuales de las que es soporte y matriz. Porque es anterior y superior. La degeneración de la teoría llevó a que en la Alemania nacionalsocialista se hablara de "sano sentimiento popular". Pero no caigamos tampoco en estas degeneraciones. Recuerdo la descripción de este blog de que "somos un holon".
Un hecho: El lenguaje no lo inventa el individuo. Tiene entidad propia porque tiene un desarrollo orgánico, al margen del designio individual (Humboldt).
La religión (al menos las positivas) tampoco la inventa el individuo (como de forma grosera se afirma); tiene entidad propia y se desarrolla al margen del designio individual. Forma parte de esa conciencia colectiva y debe tener su traslado en lo político; como así se demuestra en la regulación jurídica equilibrada que hace la Constitución de 1978.
Y no podía ser de otra forma: Porque la sociedad española le pese a quien le pese es mayoritariamente religiosa, y en concreto católica. Así lo atestiguan el que los "ritos de paso" (bautismo, comunión, boda y entierro) son mayoritariamente administrados por la Iglesia Católica.